(*) LA QUIROPRÁCTICA, a pesar de estar reconocida como profesión sanitaria por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de tener carácter sanitario en la mayoría de los países desarrollados del mundo, como Estados Unidos, Canadá, Australia, Reino Unido, Francia,Suiza o Dinamarca, NO ES UNA PROFESIÓN SANITARIA Y NO HA SIDO OBJETO DE REGULACIÓN EXPRESA EN ESPAÑA. La profesión quiropráctica se encuentra en una situación de vacío legal en nuestro país, ya que la normativa sanitaria es una cuestión de Derecho Interno reservada a la soberanía de cada país de Unión Europea (UE). La Asociación Española de Quiropráctica (AEQ) ha solicitado a las Cortes y los Ministerios de Sanidad y Educación que impulsen el proceso legislativo que reconozca el carácter sanitario y la sustantividad propia de la profesión quiropráctica en España. En los países que cuentan con regulación legal, la licenciatura en Quiropráctica se obtiene al finalizar programas educativos de 5 o 6 años de duración. Dos instituciones españolas, el Madrid College of Chiropractic (MCC) y el Barcelona College of Chiropractic (BCC) ofrecen programas (TÍTULOS PROPIOS, NO OFICIALES) de 5 años de duración para la formación y el ejercicio de la Quiropráctica. Dichos títulos están acreditados por el Consejo de Educación Quiropráctico Europeo (ECCE) y aunque paradójicamente los titulados no podamos ejercer como profesionales sanitarios oficiales en España, si podemos hacerlo en otros países. La AEQ fue creada y reconocida por el Ministerio del Interior en 1986 e incluye a 250 miembros que poseemos un título avalado por el ECCE, lo que garantiza que cumplimos con los más altos estándares de calidad en el ejercicio d esta profesión. Sin embargo, hasta la fecha nuestros títulos NO SON OFICIALES EN ESPAÑA. La regulación de la Quiropráctica en España es una cuestión de oportunidad política y, mientras tanto, los quiroprácticos nos encontramos en una situación de inseguridad jurídica y agravio comparativo con los profesionales de otros países europeos. Asimismo, la falta de regulación puede provocar que los pacientes sean tratados por presuntos quiroprácticos que no cumplen los estándares mínimos exigidos internacionalmente. Si está siendo atendido por un quiropráctico puede comprobar que es miembro de la AEQ en el apartado “Busca un quiropráctico” de la página web: http://www.quiropractica-aeq.com.
(**) La web www.quiropracticabusto.com proporciona información sobre los servicios profesionales de Diego Busto y Guillermo Busto, titulares de los contenidos de esta Web. Los contenidos de este sitio web se ofrecen con una finalidad informativa y divulgativay no constituyen ni pretenden sustituir a un asesoramiento profesional sanitario, puesto que LA QUIROPRÁCTICA NO ES UNA PROFESIÓN SANITARIA Y NO HA SIDO OBJETO DE REGULACIÓN EXPRESA EN ESPAÑA.Por este motivo, los titulares no asumen ninguna responsabilidad, directa o indirecta, que pudiera derivarse del uso que pudiera hacerse de dicha información.
(***) “La Quiropráctica es una profesión sanitaria que se ocupa del diagnóstico, tratamiento y prevención de los trastornos del sistema neuromusculoesquelético y de los efectos de éstos en la salud general. Se basa en técnicas manuales, incluyendo ajustes articulares y/o manipulaciones centrándose principalmente en las subluxaciones.”
Definición de la Organización Mundial de la Salud, (O.M.S.). Directrices Sobre Quiropráctica, 2005